• Inicio
  • Política
  • Mundo
    • Actualidad
  • Archivos
  • Frente Patriótico
  • Videos
  • Revista Hechos
  • Inicio
  • Política
  • Mundo
    • Actualidad
  • Archivos
  • Frente Patriótico
  • Videos
  • Revista Hechos
No Result
View All Result
No Result
View All Result

Carta para Amnistia Internacional

admintoicansao by admintoicansao
26th noviembre 2019
in Política
14
Carta para Amnistia Internacional
Share on FacebookShare on Twitter

La igualdad ante la ley es primordial y obligatoria por la propia condición del imperio de la ley[0]. Sola, única y exclusivamente la República Dominicana es competente para administrar todos sus asuntos de nacionalidad ius sanguinis[1] en este caso a través de la sentencia constitucional TC-168-13. Todas las demás entidades internacionales son incompetentes para administrar y opinar cualquiera de nuestros asuntos internos, puesto que tal y como esta ordenado por nuestra constitución el delito que comete amnistía internacional es injerencia extranjera y consecuentemente terrorismo internacional[2] promoviendo su agenda caprichosa que podría convertirse a algo parecido a lo ocurrido en el genocidio de Ruanda. La verdadera discriminación la estamos sufriendo nosotros los nacionales que nacimos de verdaderos nacionales dominicanos, con el yugo del machete haitiano y demás delincuentes extranjeros que no dejan en paz a nuestros compatriotas.

Cualquier participación que tengan los funcionarios del gobierno dominicano acreditando derechos no poseídos a cualquier entidad internacional según el imperio de la ley en el Art. 124 del código penal dominicano es prevaricación ordenado como sigue:

Los funcionarios o empleados públicos, las corporaciones o depositarios de una parte de la autoridad pública que concierten o convengan entre sí la ejecución de medidas y disposiciones contrarias a las leyes con el objeto contrariar la ejecución de las leyes o de las órdenes del Gobierno, se impondrá a los culpables la pena de destierro. Si el concierto se ha efectuado entre las autoridades civiles y los cuerpos militares y sus jefes, aquellos que resultaren autores o provocadores, serán castigados con la reclusión, y los demás culpables lo serán con la pena de destierro.

Partiendo de lo antes expuesto es la sentencia TC-168-13 ordenada por los jueces constitucionales, la sentencia originaria[3] que establece de manera explícita y detallada el orden jurídico ordenado para el establecimiento de la nacionalidad ius sanguinis ordenando a todos los funcionarios públicos como mandato de la constitución dictado en el Art. 139 de la Constitución Dominicana, a quien se le confiere facultad o poderes jurisdiccionales, no al funcionario público, siguiendo el principio de los elementos probatorios de posesión de dicha nacionalidad, por la sencilla razón de que los agentes estatales dominicanos no son competentes para firmar ninguna ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a nuestra propia constitución tal y como esta ordenado en el Art. 6 de la Constitución Dominicana.

Hay algunas personas inmaduras con desequilibrios mentales, con el deseo de dominar sobre la soberanía de otros pueblos en este caso el pueblo Dominicano, que se hacen pasar por legítimos y legales, usando esquemas o artificio para defraudar[4] y asistidos con la asociación de malhechores de funcionarios o empleados públicos los cuales convierten las instituciones públicas que por derecho propio le pertenecen al pueblo dominicano ordenado en el Art. 2 de la Constitución Dominicana en una institución de correa de transmisión de intereses políticos, financieros, monetarios, etc. al servicio de agentes de esas entidades internacionales que no le corresponden ni legal, ni legítimamente a estos terceros; para esto los funcionarios o empleados públicos usan todo tipo de artimañas ilegítimas por tanto ilegales con la finalidad de confundir el contexto de las palabras usadas en la ley para destruir la doctrina de la separación de poderes y saquear soberanía dominicana que juró proteger y defender, esto lo hacen tratando de hacer que el contexto ESTATUTARIO[5] parezca un contexto CONSTITUCIONAL.

De acuerdo con la tradición eterna del derecho consuetudinario de la República Dominicana a menos que se haya dañado o violado a alguien, o su propiedad, no se ha cometido ningún delito y de hacerlo existe un debido proceso para reparación por agravios en el Art. 44 de la Constitución Dominicana y por lo tanto no estamos sujetos a cumplir con sus demandas caprichosas que carecen de sentido legal y legítimo por que violan el debido proceso ordenado en el Art. 69 de la Constitución Dominicana.

[0] La primera verdadera definición técnicamente legal de La Ley fue publicada por el francés Federac Bastiat en junio de 1850 en su magnánime obra -Le Loi- (La Ley en español) y fue definida de la manera siguiente: La ley, es la organización colectiva del derecho individual a la defensa legal.

[1] Ius sanguinis (del latín, “derecho de sangre”) es el criterio jurídico que puede adoptar un ordenamiento para la concesión de la nacionalidad. Según el Ius sanguinis, una persona adquiere la nacionalidad de sus ascendientes por el simple hecho de su filiación (biológica o incluso adoptiva), aunque el lugar de nacimiento sea otro país.

[2] El termino terrorismo internacional implican actos que constituirían una infracción penal si se comete dentro de la jurisdicción de la República Dominicana.

[3] Una sentencia originaria es un modelo de determinación del derecho como elemento esencial del criterio de corrección de una sentencia semejante.

[4] El término “esquema o artificio para defraudar” incluye un esquema o artificio para privar a otro(s) de su(s) derecho(s) intangibles del servicio honesto.

[5] Un estatuto es la voluntad por escrito de la legislatura dictada por un cuerpo u organización político, que se utiliza en contra del derecho común de los individuos de ese pueblo.

Related Posts

Un tribunal ordena liberar información sobre un posible tráfico de órganos fetales entre la FDA, los NIH y empresas asociadas con Planned Parenthood
Política

Un tribunal ordena liberar información sobre un posible tráfico de órganos fetales entre la FDA, los NIH y empresas asociadas con Planned Parenthood

Un tribunal federal ordenó al Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) de los EE. UU. que divulgue información adicional sobre sus compras...

by Jon Doe
18th abril 2021
Trump arremete contra Pence y McConnell en evento privado
Política

Trump arremete contra Pence y McConnell en evento privado

Se suponía que iba a ser un fin de semana unificador para un Partido Republicano que está en guerra...

by Jon Doe
12th abril 2021
El gobernador de Florida anuncia demanda contra la administración de Biden y los CDC «exigiendo» que los cruceros «sean reabiertos de inmediato»
Política

El gobernador de Florida anuncia demanda contra la administración de Biden y los CDC «exigiendo» que los cruceros «sean reabiertos de inmediato»

El gobernador de Florida, Ron DeSantis, anunció una demanda contra el gobierno federal y los Centros para el Control...

by Jon Doe
9th abril 2021
Bolivia devuelve el millonario crédito al FMI y denuncia imposiciones por parte del organismo internacional
Política

Bolivia devuelve el millonario crédito al FMI y denuncia imposiciones por parte del organismo internacional

El Banco Central de Bolivia (BCB) argumentó que el crédito era «oneroso» y fue «gestionado irregularmente por el gobierno...

by Jon Doe
18th febrero 2021
Next Post
Presupuesto Complementario violan la Constitución y la Ley Orgánica de Presupuesto

Presupuesto Complementario violan la Constitución y la Ley Orgánica de Presupuesto

Toicansao

© 2021 Toicansao - Periódico Digital

Enlaces relacionados

  • Inicio
  • Política
  • Mundo
  • Archivos
  • Frente Patriótico
  • Videos
  • Revista Hechos

Siguenos en:

No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política
  • Mundo
    • Actualidad
  • Archivos
  • Frente Patriótico
  • Videos
  • Revista Hechos

© 2021 Toicansao - Periódico Digital

Usamos cookies en nuestro sitio web para brindarle la experiencia más relevante recordando sus preferencias y visitas repetidas. Al hacer clic en "Aceptar", acepta el uso de TODAS las cookies.
Cookie settingsACEPTAR
Manage consent

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
This website uses cookies. By continuing to use this website you are giving consent to cookies being used. Visit our Privacy and Cookie Policy.